ARTÍCULO 119 del Estatuto Orgánico de la Universidad Autónoma de Querétaro.
El Abogado General es el responsable de la defensa de los intereses de la Universidad y tiene las facultades y obligaciones siguientes:
Responder del eficaz desarrollo de los asuntos de interés jurídico de la Universidad;
Actuar como apoderado legal de la Universidad, mediante el mandato que le otorgue el Rector;
Elaborar y mantener actualizados los manuales de procedimientos de la Oficina a su cargo, los que deberán ser aprobados por el Rector;
Asesorar y orientar jurídicamente a las dependencias de la Universidad en asuntos relacionados con sus funciones;
Fungir como Secretario de la Comisión Instructora;
Auxiliar al Rector en la Comisión de Asuntos Jurídicos y de Honor y Justicia del Consejo Universitario;
Presidir la Comisión de Estudios y Proyectos Legislativos en ausencia del Rector;
Mantener actualizado el archivo jurídico y legislativo de la Universidad;
Formar parte del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universidad, con las facultades y obligaciones previstas en el reglamento correspondiente;
Proponer al Rector las reformas legislativas y reglamentarias que considere convenientes para el mejor funcionamiento de la Universidad; y
Las demás que le asignen la legislación universitaria y, en su caso, el Rector.